3/12/2021
SALUD PÚBLICA
Resolución 3424/2021
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución RESOL-2019-2964-APN-SGS#MSYDS de fecha 7 de noviembre de 2019.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese el Listado/ Vademécum de Medicamentos Esenciales para el Primer Nivel de Atención del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, que como Anexo I (IF-2021-71437038-APN-DNMYTS#MS) forma parte integrante de la presente medida.
ANEXO I https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/253907/20211203
BOLETÍN OFICIAL 34.807. Viernes 3 de diciembre de 2021.
El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/253907/20211203
Resolución 3437/2021
ARTÍCULO 1°- Incorpórese en el punto 7 apartado 3, del Anexo I de la Resolución N° 201/02 del Ministerio de Salud, sus ampliatorias y modificatorias, que forma parte integrante del PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO (PMO), a los análogos de la gonadotrofina: Leuprolida Acetato – también conocido como Leuprolide acetato o Acetato de leuprolida- Triptorelina y Triptorelina pamoato, detallados en el ANEXO I que, identificado como IF-2021-112941560-APN-SSMEIE#MS, forma parte integrante de la presente con cobertura al CIEN POR CIENTO 100% para los pacientes bajo tratamiento de Pubertad Precoz Central.
ARTÍCULO 2 °- Incorpórese en el Anexos III de la Resolución N° 201/02 del Ministerio de Salud sus ampliatorias y modificatorias, los principios activos Leuprolida Acetato – también conocido como Leuprolide acetato o Acetato de leuprolida- Triptorelina y Triptorelina pamoato, en las formas farmacéuticas y presentaciones que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3° – Incorpórese en el Anexos IV de la Resolución N° 201/02 del Ministerio de Salud sus ampliatorias y modificatorias, los principios activos Leuprolida Acetato – también conocido como Leuprolide acetato o Acetato de leuprolida- Triptorelina y Triptorelina pamoato, en las formas farmacéuticas y presentaciones que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°- La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
BOLETÍN OFICIAL 34.808. Lunes 6 de diciembre de 2021.
El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/253977/20211206
ESPECIALIDADES MEDICINALES, COSMÉTICOS Y OTROS PRODUCTOS
Resolución 3451/2021
ARTÍCULO 1°.- Autorízase con carácter de emergencia la vacuna Sputnik Light, del laboratorio Centro Nacional de Investigaciones Gamaleya de Epidemiología y Microbiología, Ministerio de Salud de la Federación de Rusia, en virtud de lo establecido por los artículos 8° y 9° de la Ley N° 27.573 y de conformidad con las recomendaciones de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese la presente resolución a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
BOLETÍN OFICIAL 34.808. Lunes 6 de diciembre de 2021.
El texto completo de la presente disposición está disponible en:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/253978/20211206