21/09/2022
SALUD PÚBLICA
Resolución 1849/2022
ARTÍCULO 1°.- Establécese el carácter no obligatorio del uso del barbijo.
ARTÍCULO 2°.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1°, se continúa recomendando medidas de prevención general, tales como:
- el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público.
- Asegurar la ventilación de los ambientes.
- Mantener la higiene adecuada y frecuente de manos.
- Ante presencia de síntomas evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso de transporte.
ARTÍCULO 3.- Cada Jurisdicción podrá adoptar las recomendaciones pertinentes en función de su situación epidemiológica particular y la estrategia sanitaria planificada.
BOLETÍN OFICIAL 35.009. Miércoles 21 de septiembre de 2022.
El texto completo de la presente disposición está disponible en:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/272132/20220921