26/06/2026
Disposición 3862/2026
ARTÍCULO 1º.- Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los tamaños del producto rotulado como “CLIPADORA P/CIELO ABIERTO” marca EDLO, hasta tanto obtenga su correspondiente registro sanitario.
ARTICULO 2º.- Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como “ELECTR. NEUTRO DESECH. DIVIDIDO P. NIÑOS, REF GK 084 – LOT 4510421008 – AESCULAP AG – Germany”
ARTÍCULO 3°- Instrúyase sumario sanitario a la firma JMG S.A. (CUIT 30-70891750-4), con domicilio en la calle Godoy Cruz 2626, Villa Nueva, Guaymallén, provincia de Mendoza, y a su Directora Técnica Fga. Viviana Spadella (MP N° 2367, CUIT 27-18576881-9) por la presunta infracción a los artículos 2° y 19 inciso a) y b) de la Ley N° 16.463 y al artículo 12 de la Disposición ANMAT N° 6052/13.
ARTÍCULO 4°- Hágase saber a la firma JMG S.A. (CUIT 30-70891750-4), que el presente acto -en cuanto a las medidas de los artículos 1º y 2º- agota la vía administrativa y que contra tal disposición podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración o de alzada o acción judicial de conformidad a lo establecido por los artículos 84, 94 y cdtes. del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017) y sus modificaciones y el artículo 25 de la Ley N° 19.549 y sus modificaciones. De acuerdo con la aludida normativa, el recurso de reconsideración, deberá ser interpuesto dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles administrativos; el recurso de alzada dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos, y la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, computándose todos los plazos a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.
BOLETÍN OFICIAL 35.938. Viernes 22 de Junio de 2026.
El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/343623/20260626

