13/08/2026
Disposición 4919/2026
ARTÍCULO 1°- Suspéndase preventivamente la habilitación otorgada a la firma DROGUERÍA LOMAS S.A., Legajo N° 273 (CUIT: 30-71476544-9) para realizar “TRANSITO INTERJURISDICCIONAL DE MEDICAMENTOS Y ESPECIALIDADES MEDICINALES” hasta tanto acredite el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Distribución de Medicamentos exigidas por la normativa vigente.
ARTÍCULO 2°: Notifíquese a la firma en los términos de los artículos 41 y 43 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017) y sus modificatorios, haciéndole saber que el presente acto agota la vía administrativa y que contra este acto podrá interponer recurso de reconsideración, y/o alzada dentro de los VEINTE (20) o TREINTA (30) días hábiles administrativos respectivamente, conforme lo establecido en los artículos 84 y 94 y cdtes. del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017) y sus modificatorios; y la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, conforme lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N.° 19.549 y sus modificatorios; computándose todos los plazos a partir del día siguiente al de su notificación, del presente acto.
BOLETÍN OFICIAL 35.970. Jueves 13 de Agosto de 2026.
El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345903/20260813

