01/09/2026
Disposición 5475/2026
ARTÍCULO 1°. Prohíbese a la firma CAGGICAMPS S.R.L; (CUIT N°30-71852761-5) la comercialización y/o la distribución en todo el territorio nacional de todos los productos médicos hasta tanto cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes.
ARTÍCULO 2°. Instrúyase sumario sanitario a la firma CAGGICAMPS S.R.L; (CUIT N°30-71852761-5) con domicilio en la calle avenida Directorio N°1214 piso 8 Dpto. A de CABA, por los incumplimientos a los artículos 2° y 19 inc. b) de la Ley N° 16.463 y a los artículos 1°, 3° y cctes de la Disposición ANMAT N.° 6052/13.
ARTÍCULO 3º. Hágase saber a la firma que el presente acto -en cuanto a las medidas dispuestas mencionadas en el artículo 1°, agota la vía administrativa y que contra tal disposición podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración o de alzada o acción judicial de conformidad a lo establecido por los artículos 84, 94 y ccdtes. del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017) y sus modificaciones y el artículo 25 de la Ley N° 19.549 y sus modificaciones. De acuerdo con la aludida normativa, el recurso de reconsideración, deberá ser interpuesto dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles administrativos; el recurso de alzada dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos, y la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, computándose todos los plazos a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.
BOLETÍN OFICIAL 35.982. Martes 01 de Septiembre de 2026.
El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/346734/20260901

