14/09/2026
Disposición 5722/2026
ARTÍCULO 1°- Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos médicos identificados como “Ecógrafo Doppler Color portátil, Marca: Mindray, Modelo: MX7, Serie: HQ1-35004155”; “Transductor cardiológico, Marca: Mindray, Modelo: P4-2s, Serie: HP8N27073115” y “Transductor lineal Mindray, Modelo: L13-3Ns, Serie: KJ6T27009710”.
ARTÍCULO 2°: Hágase saber en los términos de los artículos 41 y 43 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017) y sus modificatorios, haciéndose saber que el presente acto -en cuanto a la prohibición- agota la vía administrativa y que contra este acto se podrá interponer recurso de reconsideración, y/o alzada dentro de los VEINTE (20) o TREINTA (30) días hábiles administrativos respectivamente, conforme lo establecido en los artículos 84 y 94 y cdtes. del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017) y sus modificatorios; y la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, conforme lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N.° 19.549 y sus modificatorios; computándose todos los plazos a partir del día siguiente al de su notificación, del presente acto.
BOLETÍN OFICIAL 35.991. Lunes 14 de Septiembre de 2026.
El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347394/20260914

