16/09/2026
Disposición 5865/2026
ARTÍCULO 1°.- Inhíbense preventivamente las actividades productivas, de control de calidad, comercialización y distribución de la firma LABORATORIO TRIFARMA S.R.L., (CUIT N° 30-71586480-7), con domicilio en la calle Bolivia 586 Bis (ex 581 bis), Rosario, Provincia de Santa Fe, por las razones expuestas en el considerando de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2°.- Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los productos elaborados y/o comercializados por la firma LABORATORIO TRIFARMA S.R.L (CUIT N° 30-71586480-7).
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la firma en los términos de los artículos 41 y 43 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017) y sus modificatorios haciéndole saber que, respecto a la medida de inhibición y prohibición, el presente acto agota la vía administrativa y que contra este acto podrá interponer recurso de reconsideración y/o alzada dentro de los VEINTE (20) o TREINTA (30) días hábiles administrativos respectivamente, conforme lo establecido en los artículos 84 y 94 y cdtes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017) y sus modificatorios y la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, conforme lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N.° 19.549 y sus modificatorios; computándose todos los plazos a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.
BOLETÍN OFICIAL 35.993. Miércoles 16 de Septiembre de 2026.
El texto completo de la presente disposición está disponible en:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347527/20260916

