LABORATORIO Disposición 6489/2026. BOLETÍN OFICIAL 36.009. 08 de Octubre de 2026

08/10/2026

Disposición 6489/2026

ARTÍCULO 1°.- Dase de baja la habilitación otorgada por esta Administración Nacional a la firma P.L. RIVERO y CIA. S.A. (CUIT 30-50088342-8) – Legajo N.º 6.578, con domicilio en avenida Boyacá N.° 411/419 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por las razones expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyase sumario sanitario a la firma P. L. RIVERO Y CIA. S.A. (CUIT N° 30-50088342-8), con domicilio en la calle Av. Boyacá N° 411/419 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a quien ejerza su dirección técnica, por la presunta infracción a los ítems Principio de los Capítulos 8 de la Parte A, del Anexo de la Disposición ANMAT N° 4159/23 y al artículo 3° de la Disposición ANMAT N.° 1402/2008, relativa a la aprobación de los procedimientos para el retiro de mercado de productos farmacéuticos.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las interesadas en los términos de los artículos 41 y 43 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017) y sus modificatorios, haciéndole saber que en relación con medida dispuesta en el artículo 1° el presente acto agota la vía administrativa y que podrá interponer recurso de reconsideración, y/o alzada dentro de los VEINTE (20) o TREINTA (30) días hábiles administrativos respectivamente, conforme lo establecido en los artículos 84 y 94 y cdtes. del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017) y sus modificatorios; y la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, conforme lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N.° 19.549 y sus modificatorios; computándose todos los plazos a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.

ARTÍCULO 4°.- Instrúyese a la Coordinación de Asuntos Judiciales a formular la correspondiente denuncia penal en virtud de las recomendaciones efectuadas por el Instituto Nacional de Medicamentos.

ARTÍCULO 5°.- Encomiéndase al Instituto Nacional de Medicamentos y a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud colaborar conjuntamente, brindando el apoyo y asesoramiento técnico, para diseñar y proponer una estrategia de retiro de mercado de aquellos productos respecto de los cuales exista disposición en tal sentido, debiendo tal propuesta ser elevada al Juez competente por intermedio de la Coordinación de Asuntos Judiciales.

BOLETÍN OFICIAL 36.009. Jueves 08 de Octubre de 2026.

El texto completo de la presente disposición está disponible en:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348716/20261008