12/6/2025
Disposición 3989/2025
ARTÍCULO 1°.- Suspéndese preventivamente la habilitación otorgada a Droguería ALFARMA S.R.L. (CUIT: 30-70934781-7), con domicilio en la calle Garay N° 538 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, para efectuar TRANSITO INTERJURISDICCIONAL DE MEDICAMENTOS Y ESPECIALIDADES MEDICINALES otorgada por Disposición ANMAT N° DI-2024-4854-APN-ANMAT#MS, hasta tanto acredite el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Distribución de Medicamentos.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyase sumario sanitario a la firma Droguería ALFARMA S.R.L. (CUIT: 30-70934781-7), con domicilio en la calle Garay N° 538 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, por la presunta infracción a los incisos 1.2.8.g. del Capítulo 1, inciso 2.3.5. del Capítulo 2, inciso 3.2.1. del Capítulo 3, e inciso 6.2.6. del Capítulo 6 de la Disposición ANMAT N° 2069/18 que aprueba las “BUENAS PRÁCTICAS DE DISTRIBUCIÓN DE MEDICAMENTOS”.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyase sumario sanitario al Director Técnico Farmacéutico Fernando Enrique DURIS (CUIT N° 20-21722602-4, Matrícula Profesional N° 4.328), con domicilio en la calle Garay N° 538 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, por la presunta infracción a los incisos 1.2.8.g. del Capítulo 1, inciso 2.3.5. del Capítulo 2, inciso 3.2.1. del Capítulo 3, e inciso 6.2.6. del Capítulo 6 de la Disposición ANMAT N° 2069/18 que aprueba las “BUENAS PRÁCTICAS DE DISTRIBUCIÓN DE MEDICAMENTOS”.
BOLETÍN OFICIAL 35.686. Jueves 12 de junio de 2025.
El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/326882/20250612