Droguería Disposición 4921/2026. BOLETÍN OFICIAL 35.978. 26 de Agosto de 2026

26/08/2026

Disposición 4921/2026

ARTÍCULO 1º.- Dase de baja la habilitación otorgada por la Disposición ANMAT N° 4176/08 a la firma Panalab S.A. Argentina, CUIT N° 30-65812709-4, como DISTRIBUIDORA DE MEDICAMENTOS A EXCEPCIÓN DE AQUELLOS QUE REQUIEREN CADENA DE FRÍO, PSICOTRÓPICOS Y ESTUPEFACIENTES, con domicilio en la Av. Bernabé Márquez N° 2445 de la localidad de Loma Hermosa, partido de Tres de Febrero, provincia de Buenos Aires, bajo la Dirección Técnica del farmacéutico Pablo Pachielat (M.P. N° 14223), por los argumentos vertidos en el Considerando de la presente.

ARTICULO 2°.- Limítase al farmacéutico Pablo Pachielat (M.P. N° 14223), como Director Técnico de la firma Panalab S.A. Argentina a partir del día 18 de mayo de 2026.

ARTICULO 3°.- Cancélase el certificado correspondiente a la habilitación referida en el artículo 1° de la presente, otorgado por la Disposición ANMAT N° 4176/08.

ARTICULO 4°.- Hágase saber a la firma PANALAB S.A. ARGENTINA, que el presente acto agota la vía administrativa y que contra éste podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración o de alzada o acción judicial de conformidad a lo establecido por los artículos 84, 94 y cdtes. del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017) y sus modificaciones y el artículo 25 de la Ley N° 19.549 y sus modificaciones. De acuerdo con la aludida normativa, el recurso de reconsideración, deberá ser interpuesto dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles administrativos; el recurso de alzada dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos, y la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, computándose todos los plazos a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.

 

BOLETÍN OFICIAL 35.978. Miércoles 26 de Agosto de 2026.

El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/346411/20260826