16/09/2026
Disposición 5829/2026
ARTÍCULO 1°. Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todas las series de los equipos identificados como “Alta frecuencia. TEXEL Modelo AF, www.texel.com.ar, N° Serie: 04491-823, 220 hz, 50/60 hz, Pol 50 Vatios Tipo B.
ARTÍCULO 2°. Hágase que el presente acto -en cuanto a la prohibición- agota la vía administrativa y que contra tal disposición podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración o de alzada o acción judicial de conformidad a lo establecido por los artículos 84, 94 y cdtes. del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017) y sus modificaciones y el artículo 25 de la Ley N° 19.549 y sus modificaciones. De acuerdo con la aludida normativa, el recurso de reconsideración, deberá ser interpuesto dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles administrativos; el recurso de alzada dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos, y la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, computándose todos los plazos a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.
BOLETÍN OFICIAL 35.993. Miércoles 16 de Septiembre de 2026.
El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347526/20260916

