Disposición 589/2021. Prohibición comercialización del producto: Suplemento dietario “Nativa”, Ajo- C concentrado, Colesterol-Hipertensión, Laboratorio Anahí y de todo producto que indique en rótulo RNE N° 04003235

EncabezadoDAP

20/01/21

ESPECIALIDADES MEDICINALES, COSMÉTICOS Y OTROS PRODUCTOS

Disposición 589/2021

Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea y digitales del producto: “Suplemento dietario “Nativa”, Ajo- C concentrado, Colesterol-Hipertensión, Laboratorio Anahí, Amboy 3323 – Córdoba, RNE: 04003235, RNPA: 04042193, por poseer un registro de RNE vencido y un RNPA dado de baja y por consignar esos registros en el rótulo, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal.

Se adjunta imagen del rótulo del producto detallado en el ANEXO que, registrado con el número IF-2020-89938385-APN-DLEIAER#ANMAT, forma parte integrante de la presente Disposición.

Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todo producto del que indique en su rótulo el RNE N° 04003235 dado que pertenece a una razón social cuyo registro se encuentra vencido.

BOLETÍN OFICIAL 34.564. Martes 19 de enero de 2021.

El texto completo de la presente disposición está disponible en:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/239912/20210119