14/05/2026
Disposición 2819/2026
ARTÍCULO 1º.- Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la RES. GMC Nº 26/25 “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre documentos comunes necesarios para la importación y exportación de estupefacientes y sustancias psicotrópicas (Derogación de las Resoluciones GMC N° 23/00, 24/00 y 29/02)”, que consta en IF-2025-135068516-APN-DNRIN#MS y como Anexo forma parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- En los términos del Protocolo de Ouro Preto, la norma que se incorpora por la presente Disposición, entrará en vigor simultáneamente en los Estados Partes, 30 días después de la fecha de la comunicación efectuada por la Secretaría del Mercosur informando que todos los Estados han incorporado la norma a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos.
La entrada en vigor simultánea de la RES. GMC Nº 26/25 “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre documentos comunes necesarios para la importación y exportación de estupefacientes y sustancias psicotrópicas (Derogación de las Resoluciones GMC N° 23/00, 24/00 y 29/02)” será comunicada a través de un aviso en el Boletín Oficial de la Nación (cfr. Artículo 40 inciso III del Protocolo de Ouro Preto).
ARTÍCULO 3º.- Deróganse las Disposiciones ANMAT Nº 2308/02, 2336/02 y 3475/05.
BOLETÍN OFICIAL 35.909. Jueves 14 de Mayo de 2026.
El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341944/20260514

