14/05/2026
Disposición 2847/2026
ARTÍCULO 1º: Cancélase la autorización de comercialización y la correspondiente inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales de todos los certificados de especialidades que contengan como Ingrediente Farmacéutico Activo al Hidroxietil-almidón (HeA) y Poli(O-2-hydroxietil)-almidón (HEA), en la forma farmacéutica solución para infusión, conforme disponen el artículo 8° inc. d) de la ley 16.463 y el artículo 8º inc. ñ) del Decreto 1490/92.
ARTÍCULO 2º— Los laboratorios titulares de especialidades medicinales registradas ante esta Administración Nacional que contengan como principio activo los mencionados en el artículo precedente, como monodroga o asociada, deberán efectuar el retiro inmediato del mercado de sus productos, debiendo notificar fehacientemente al Instituto Nacional de Medicamentos la realización de las diligencias que acrediten su cumplimiento.
ARTÍCULO 3º: La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
BOLETÍN OFICIAL 35.909. Jueves 14 de Mayo de 2026.
El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341945/20260514

