Incorporación Reglamento técnico MERCOSUR para Domisanitarios a Base de Hipocloritos aditivados Disposición 7808/2022

29/09/2022

ESPECIALIDADES MEDICINALES, COSMÉTICOS Y OTROS PRODUCTOS

Disposición 7808/2022

ARTÍCULO 1º.- Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Resolución MERCOSUR GMC Nº 03/19 “REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA PRODUCTOS DOMISANITARIOS A BASE DE HIPOCLORITOS ADITIVADOS (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 57/98)” que consta en el documento IF-2019-58494322-APN-DNRSI#MSYDS, que como Anexo forma parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 2º.- Derógase el artículo 8° de la Disposición ANMAT N° 7334/99.

ARTÍCULO 3º.- En los términos del Protocolo Ouro Preto, la norma que se incorpora por la presente disposición entrará en vigor simultáneamente en los Estados Partes, 30 días después de la fecha de la comunicación efectuada por la Secretaría del Mercosur informando que todos los Estados han incorporado la norma a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos.

La entrada en vigor simultánea de la Resolución MERCOSUR GMC Nº 03/19 “REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA PRODUCTOS DOMISANITARIOS A BASE DE HIPOCLORITOS ADITIVADOS” será comunicada a través de un aviso en el Boletín Oficial de la Nación (cfr. Artículo 40 inciso III del Protocolo de Ouro Preto).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Programa de Relaciones Internacionales de la Dirección de Relaciones Institucionales y a las cámaras sectoriales pertinentes. Publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Dese al Programa de Relaciones Internacionales.

Anexo https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/272754/20220929

BOLETÍN OFICIAL 35.015. Jueves 29 de septiembre de 2022. 

El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/272754/20220929