PRODUCTOS PARA LA SALUD. Disposición 793/2026. BOLETÍN OFICIAL 35.859. 26 de febrero de 2026

26/02/2026

Disposición 793/2026

ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, la comercialización, la publicidad y publicación en plataformas de venta en línea, y distribución en todo el territorio nacional de los productos, en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos, identificados como “RUCREM CURATIVA – Presentación 90grs – Crema cicatrizante y antiséptica indicada para usar en heridas con o sin pus, forúnculos, acné bacteriano, quemaduras, prevención y reparación de heridas post quirúrgicas – Res. Ministerial Hab. N° 2557 – ANMAT RES. 155/98 – Campo Quijano Salta – D.T. Farmacéutico: O.F. Gimenez / MP 858 – RUEFENACHT”; “RUCREM BLOQUEADOR SOLAR RB FPS 80 – Cont. neto 220ml – Para piel extremadamente sensible a la quemadura solar – Lugar de elaboración: Planta Ruefenacht Av. 9 de Julio 661 – Campo Quijano – SALTA – HABILITACIÓN: M. LEG. N° 2557 / ANMAT – RES. 155/98 – Dir. Técnica Quim: Ramiro Vergara Leg. 18743/18 – Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE) – CUIT 20-29336758-3 – RUEFENACHT”; “SOLUCIÓN DESINFLAMANTE EN CREMA INDICADO PARA ALIVIAR PROCESOS DE DOLOR Y/O INFLAMACIÓN DE LIGAMENTOS, ARTICULACIONES, MÚSCULOS Y TENDONES ATO-FLEX FORTE – Laboratorio Ruefenacht – Res. Ministerial Hab. N° 2557 – ANMAT RES. 155/98 – Campo Quijano SALTA – D.T. Farmacéutico: O.F. Gimenez / MP 858 – RUEFENACHT”.

Se adjuntan imágenes del producto detallado registrado con el número IF-2026-14577750-APN-CS#ANMAT que forma parte integrante de la presente Disposición.

 

BOLETÍN OFICIAL 35.859. Jueves 26 de febrero de 2026.

El texto completo de la presente disposición está disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/338776/20260226