Medicamentos. Disposición 6223/2025. BOLETÍN OFICIAL 35.741. 03 de septiembre de 2025
03/09/2025 Disposición 6223/2025 ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los lineamientos generales para determinar criterios de inclusión y exclusión para Ingredientes Farmacéuticos Activos (IFAs) alcanzados por el Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos, que como Anexo I (IF-2025-96825395-APN-DEYGMPS#ANMAT) forman parte de la presente disposición. ARTÍCULO 2°.- Apruébase el listado de Ingredientes Farmacéuticos Activos (IFAs) que deberán ser informados
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ANMAT refuerza la trazabilidad de medicamentos para garantizar calidad y seguridad
03/09/2025 Con una nueva disposición se amplía y moderniza el Sistema Nacional de Trazabilidad, fortaleciendo el control de los medicamentos desde su producción hasta la dispensa, para evitar desvíos, falsificaciones y asegurar el acceso seguro de la población. A través de la Disposición 6223/2025, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) actualizó
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ANMAT alerta sobre cinco lotes de «SOLUCION ELECTROLITICA BALANCEADA RIGECIN» por desvío de calidad
01/09/2025 La medida alcanza a todo el territorio nacional y responde a una medida preventiva. La ANMAT indica que no deberán utilizarse, en todo el territorio nacional, los lotes detallados del siguiente producto: «SOLUCION ELECTROLITICA BALANCEADA RIGECIN / CITRATO DE SODIO concentración 69.3 mg/ 100 ml + CLORURO DE POTASIO concentración 75 mg/100 ml +
Medicamentos. Disposición 6202/2025. BOLETÍN OFICIAL 35.739. 01 de septiembre de 2025
01/09/2025 Disposición 6202/2025 ARTÍCULO 1°.- Inhíbense preventivamente las actividades productivas de la firma RIGECIN LABS S.A. (CUIT N° 30-62514950-5), con domicilio en la calle Cachi N° 1204 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por las razones expuestas en el considerando de la presente Disposición ARTÍCULO 2°.- Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo
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Suplemento dietario. Disposición 6195/2025. BOLETÍN OFICIAL 35.738. 29 de agosto de 2025
29/08/2025 Disposición 6195/2025 ARTÍCULO 1°. – Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto: “Suplemento dietario a base de creatina monohidrato en polvo sabor durazno CREATINA MONOHIDRATO; marca WOLF NUTRITION; RNPA: EX-2024-36557-GDEBA-DAYPANMG; Ruta Provincial 205 Km 80 – Cañuelas, Pcia de Buenos Aires;
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